La declaración de obra nueva

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La obra nueva supone un acto por el que se declara la edificación o modificación de construcción en un terreno, quedando registrado en el Registro de la Propiedad.
Con la declaración de obra nueva se pone de manifiesto en escritura pública por parte del propietario o de los copropietarios de una finca que se han comenzado o terminado las mejoras, construcción de los edificios. Una escritura que puede inscribirse en el Registro de la Propiedad para conseguir una concordancia entre el registro y la realidad jurídica extrarregistral.
Esta declaración es obligatoria cuando se trata de un constructor o promotor, mientras que si se trata de la construcción de un particular, de uso personal, debe hacer la declaración de obra nueva para contratar los suministros y obligatoriamente si quiere vender, alquilar o pedir a un banco un préstamo hipotecario.
Las modalidades de la declaración de obra nueva, atendiendo a la fase de la construcción puede hacerse de 2 formas:

  • Por un lado, la obra nueva terminada. Se refiere a cuando la construcción está totalmente acabada.
  • Por otro, la obra nueva en construcción. El propietario necesita la financiación del banco para construir y hacer una hipoteca sobre el inmueble en construcción.

Una vez finalizada la obra, el propietario debe declarar que se ha concluido la misma mediante acta notarial de final de obra.